ARTICULO 3.- OBJETO. El objeto principal de la sociedad es dedicarse en la forma más amplia y sin limitación ni restricción alguna a la realización de las siguientes operaciones y servicio:
a) Almacenamiento, conservación y custodia de cualquier mercadería o producto de propiedad de terceros, en almacenes propios o arrendados, de conformidad al Código de Comercio.
b) Operar recintos aduaneros, previo cumplimiento de ros requisitos de Ley.
c) Emitir certificados de depósito de conformidad al Código de Comercio y bonos de prenda.
d) Emitir bonos u obligaciones Con garantías especificas.
e) Empacar, ensacar o fraccionar y ejecutar cualesquiera otras actividades dirigidas a la conservación de las mercaderías y productos depositados, a solicitud del depositante y con el consentimiento del acreedor prendario.
f) Comprar bienes inmuebles destinados a su Objeto social.
g) Obtener financiamiento para compra, mejora 0 ampliación de sus instalaciones.
h) Las demás que la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI autorice mediante normativa expresa.
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