“La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, ajena y/o asociada con terceros, sean estas personas naturales y/o jurídicas, nacionales y/o extranjeras, tanto en el Estado Plurinacional de Bolivia como en el extranjero las siguientes actividades:
Actividad Principal:
a) Prestación de servicios técnicos especializados en la industria de la minería y metalurgia.
b) Servicios de perforación o diamantina para pozos exploratorios con minería.
c) Evaluación, muestreo y estudio de yacimientos minerales, muestreo sistemático.
d) Servicios de exploración, estimación y cálculo de reservas mineralógicas.
e) Prestación de servicios de asistencia y asesoría técnica en minería y metalurgia.
f) Preparación de cuadros mineros, galerías, fosas y parajes mineros.
g) Importación, exportación, comercialización, compra, venta y arrendamiento de equipos, maquinaria, herramientas, implementos, trépanos, partes y piezas destinadas a la perforación, minería y metalurgia.
Actividad Secundaria:
a) Importación, exportación, comercialización, compra, venta y arrendamiento de vehículos automotores, eléctricos e híbridos con y sin conductor.
b) Importación, exportación, comercialización, compra, venta y arrendamiento de equipos, maquinaria de construcción y/o demolición dotada de operarios.
c) Importación, exportación, comercialización, compra, venta y arrendamiento de equipos, maquinaria de minería, metalurgia, gas y petróleo con y sin operador.
d) Importación, exportación, comercialización, compra, venta y arrendamiento de equipos, maquinaria de construcción e ingeniería civil con y sin operador.
Con relación a las actividades mencionadas, la sociedad podrá efectuar el financiamiento, aporte de capitales, constitución de sociedades, mantener su participación en sociedades fusionadas, administrar u operar contratos de Riesgo Compartido (Joint Venture), Asociación Accidental o de Cuentas en Participación, realizar concertación de operaciones. Creación de sociedades subsidiarias, efectuar cualquier comunidad de intereses con otras sociedades, personas naturales y/o jurídicas de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.
A este efecto, la sociedad se halla plenamente facultada para realizar actos de comercio, operaciones y contratos públicos y/o privados, contratos de cualquier naturaleza sin limitación alguna permitidos por las leyes, y desarrollar todas las actividades comerciales y civiles inherentes o accesorias a dichas actividades, a su giro y objeto social.”
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