La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier parte del Estado Plurinacional de Bolivia o en el extranjero a:
a) Importación, exportación, comercialización, distribución y venta de artículos del hogar y oficina en general, purificadores de agua y otros, accesorios, repuestos, prestar servicios de mantenimiento y asesoramiento, y otros, accesorios, repuestos, prestar servicios de mantenimiento y asesoramiento, y otras actividades relacionadas al rubro o complementarias al objeto social.
b) Compra, venta elaboración, distribución, importación, exportación, comercialización de productos alimenticios comestibles no especificados de toda índole, perecederos y no perecederos y toda clase de bebidas.
c) Comercialización, compra y venta de toda clase de alimento y sus derivados.
d) La operación, comercialización, explotación, prestación y desarrollo de toda clase de servicios y actividades integrales y complementarias relacionados con la industria de los alimentos, gastronomía, bebidas y refrescos, por si o por terceros.
e) Podrá incursionar en cualquier otro rubro necesario para el buen cumplimiento de su objetivo principal, sin más limitación que lo establecido por las leyes generales y/o especiales o el presente contrato social, sin que la presente enumeración fuese taxativa o limitativa, a suscribir contratos comerciales y civiles para el cumplimiento de los fines de la sociedad. Pudiendo para el mejor cumplimiento del objeto social, constituir sociedades bajo la modalidad de “Join Venture” Sociedades Accidentales y/o tener participación en otras sociedades ya sea de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima y/o Cooperativas para el mejor logro del objeto de la Sociedad.
A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por los estatutos.
Todas estas actividades podrán realizarse dentro y fuera del territorio nacional, pudiendo a tal fin asociarse con terceros y/o contratar o representar a otras empresas. Para el cumplimiento de sus objetivos, la Sociedad podrá realizar toda clase de actos, contratos, operaciones mercantiles, civiles, administrativas y otros necesarios, sin restricción de ninguna clase.
Estos objetos son enunciativos, mas no limitativos, de las actividades legales a las que pudiera dedicarse la sociedad a través de sus propios socios, y con el personal contratado para el contenido de sus fines.
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