1. La comercialización, distribución, importación, exportación, logística y almacenaje de productos metalmecánicos.
2. La fabricación de productos de metalmecánica. A tales fines podrá realizar todas las operaciones y actos de comercio previstos por ley y/o que sean inherentes a esas clases de actividades, así como podrá industrializar, comercializar, importar y exportar, efectuar RITEX, comprar, vender, transformar, arrendar, suscribir toda clase de contratos, de asociación, Joint ventures u otros, sea en el interior y/o en el exterior del país.
Asimismo, la sociedad podrá concurrir y presentar propuestas en licitaciones públicas y/o contrataciones estatales de cualquier índole y/o invitaciones y/o convenios, aceptar o adherirse a las condiciones especificadas por la licitación y/o contratación y/o invitación y/o convenio, gestionar y obtener toda la documentación necesaria y suscribir toda clase de documentos con las entidades licitantes y/o contratantes y/o invitantes.
3. La realización de servicios de consultorías técnicas, comerciales, administrativas, de seguridad, regulatoria y demás relacionadas al objeto de la sociedad; incluyendo la posibilidad de realizar servicios de gestión y administración en diversas áreas, incluyendo, pero no limitándose a, administración de cuentas bancarias, back office, servicios de recursos humanos, tecnologías de la información, logística, atención al cliente y marketing.
4. Mandatos y representaciones: La aceptación del ejercicio de toda clase de mandatos incluidos los provenientes de los accionistas, casa matriz y/o las partes vinculadas de la Sociedad; así como representaciones, agencias, comisiones y consignaciones.
5. La prestación de servicios de cobranza y gestión de pagos, incluyendo la administración de cuentas por cobrar, así como la realización de transferencias y/o remesas de fondos. Estas actividades se realizarán exclusivamente en favor de los accionistas, casa matriz y/o las partes vinculadas de la Sociedad, sin implicar captación de recursos del público ni constituir intermediación financiera.
6. Finalmente, la Sociedad podrá realizar inversiones y aportes en otras empresas, participar en otras sociedades como accionista, socia o asociada; pudiendo a tales efectos, realizar aportes, comprar títulos valores, cuotas de capital, acciones a otras empresas y/o personas individuales;
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