El objeto de la Sociedad es realizar, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, tanto en Bolivia como en el extranjero, todas las actividades relacionadas con la construcción, ingeniería y arquitectura así como el diseño y ejecución de obras, proyectos y edificaciones de todo tipo, construcción de edificios completos, o de parte de edificios así como obras de ingeniería civil, prestación de servicios de consultoría en construcción, ingeniería, arquitectura cálculos y en cualquier otro rubro especializado vinculado al objeto social, incluyendo actividades de diseño, construcción, operación, mantenimiento, instalación de redes de gas natural, e instalaciones internas, domésticas y/o comerciales; de igual manera la Sociedad realizará importaciones y exportaciones de maquinaria, equipo, materiales e insumos de construcción, con destino al consumo propio o a su comercialización a terceros en Bolivia.
Asimismo, la Sociedad podrá realizar actividades inmobiliarias en general, adquisición, compra, enajenación y venta de inmuebles urbanos o rústicos (Lotes de Terreno, casas, departamentos, bauleras, garajes, parqueos, entre otros); arrendamiento de inmuebles y explotación de los mismos en todas las formas permitidas por Ley; promoción inmobiliaria; intermediación de inmuebles; construcción, refacción y administración de inmuebles, así como toda otra actividad relacionada o vinculada al giro inmobiliario.
Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad se halla plenamente facultada para realizar actos y negocios jurídicos, actos d comercio, operaciones y contratos públicos o privados, contratos de cualesquier naturaleza sin limitación alguna, permitidos por las leyes, y a desarrollar todas las actividades comerciales y civiles inherentes o accesorias a la actividad de la construcción y prestación de servicios de consultoría sin restricción ni limitación alguna.
La Sociedad podrá asociarse y/o invertir con personas jurídicas o físicas, privadas y/o estatales, nacionales o extranjeras, comerciales o civiles mediante aportes de capital o la adquisición de un paquete accionario o de cuotas de capital, constituir sociedades y asociaciones de cualesquiera de los tipos permitidos por las normas legales vigentes, con personas jurídicas y/o físicas, privadas y/o estatales, nacionales y/o extranjeras, estableciéndose además que la misma tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todo tipo de actos, contratos y operaciones que se relaciones con el presente objeto, que se encuentren o no señalados en el código de comercio y Leyes conexas.
Con relación a las actividades mencionadas, podrá constituir subsidiarias y filiales, mantener participación en sociedades, emprender fusiones, suscribir contratos de Riesgo Compartido o “Joint Ventures”, administrar u operar otras sociedades similares a su objeto sin restricción de ninguna clase y/o naturaleza siempre y cuando tales actos no sean prohibidos por las leyes vigentes
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